Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 9 feb 1994
Se crea la Comisión Interministerial de Turismo, que tendrá como objetivo básico promover y coordinar la acción de los servicios de la Administración General del Estado y Entidades Públicas de ella dependientes o vinculadas que desarrollen planes y proyectos con repercusión directa en el turismo, cuando su complejidad exija la concurrencia de acciones para definir medidas de ordenación básica del sector y fomentar el turismo en España.
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eli/es/rd/1994/01/14/6#art-1