Art. 2
2 / 13En vigor desde 21 nov 2019
1. De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, la Comisión es un órgano colegiado de intercambio de información y coordinación de los departamentos ministeriales, al que corresponde asimismo establecer la forma de hacer efectiva la cooperación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla con finalidad informativa, así como hacer efectiva su participación en el cumplimiento de los compromisos internacionales formalizados por España.
2. La Comisión se adscribe a la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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Proeli/es/rd/2019/10/18/598#art-2