Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Reestructuración y reconversión de viñedos›§ Subsección 1.ª Reestructuración y reconversión de viñedos mediante planes
Art. 36
36 / 99En vigor desde 7 dic 2016
La comunicación de la solicitud de pago referida en el artículo 39 por parte de un beneficiario se deberá realizar hasta el 31 de julio de 2018. El pago a los beneficiarios se realizará lo antes posible, y, a más tardar, en un plazo máximo de doce meses desde la fecha de la presentación de la solicitud de pago valida y completa, sin que en ningún caso el pago de la operación se extienda más allá del ejercicio financiero 2018.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2016/12/05/597#art-36