Título TÍTULO IV›Capítulo DISPOSICIONES FINALES
Art. [Información relacionada]
27 / 27En vigor desde 4 jul 1988
Información relacionada: Véase la Sentencia del TC 236/1991, de 12 de diciembre, Ref. BOE-T-1992-673 , que declara que corresponde a la Comunidad Autónoma de Cataluña la titularidad de las competencias ejecutivas previstas en el presente Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, en los términos establecidos en los fundamentos jurídicos 8.º, 9.º, 10 y 11.
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Proeli/es/rd/1988/06/10/597#informacion-relacionada