Art. 21
Título TÍTULO III

Art. 21

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En vigor desde 4 jul 1988
Las marcas de verificación parcial o final CEE descritas en el anexo II del presente Real Decreto serán estampadas bajo la responsabilidad del Centro Español de Metrología, sobre los instrumentos que hayan superado los controles de verificación primitiva CEE.
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eli/es/rd/1988/06/10/597#art-21