Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

10 / 37
En vigor desde 26 may 2007
Los ciclos formativos incluirán un módulo específico dirigido a conocer los aspectos organizativos, económicos y de legislación básica que inciden en el ejercicio profesional, en las relaciones laborales y en el ámbito empresarial del sector profesional correspondiente, así como las oportunidades de aprendizaje, de formación continuada, de acceso al empleo y a la reinserción laboral. Asimismo este módulo fomentará el espíritu emprendedor, el desarrollo de actividades empresariales y el trabajo por cuenta propia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/05/04/596#art-10