Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 5 jul 2015
En aquellos casos en los que las convocatorias de becas, ayudas y premios al estudio que publique el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte así lo establezcan, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones provisionales y/o definitivas de beneficiarios o la referencia a los medios en los que aquéllas se hagan públicas.
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