Capítulo CAPÍTULO 6
Art. 24
36 / 78En vigor desde 13 jul 2014
A) Criterios básicos.
1. Se promoverá la utilización integral de recursos con el doble objetivo de reducir las extracciones subterráneas y mantener asegurado el suministro, mejorando así el estado de las correspondientes masas de agua subterráneas y la garantía de los distintos usos.
B) Asignaciones.
1. De los recursos hídricos disponibles en el río Cenia, se asignan los siguientes volúmenes para el riego.
a) Con respecto a los Regadíos Ribereños del Cenia se establece una asignación de recursos superficiales fluyentes y subterráneos de hasta 4,3 hm 3 /año.
b) Con respecto a los Regadíos del Embalse de Ulldecona se establece una asignación de recursos superficiales regulados por el embalse de Ulldecona de hasta 8,5 hm 3 /año.
C) Reservas.
1. Para asegurar en el futuro una adecuada calidad del agua de abastecimiento en las poblaciones y mejorar el estado cuantitativo de las masas de agua subterránea de la Plana de Vinaroz y la Plana de Oropesa-Torreblanca, se tenderá en la medida de lo posible a sustituir las aguas subterráneas utilizadas para el abastecimiento urbano de las poblaciones por aguas procedentes de la desalación y de las masas del agua subterránea en buen estado, debiendo los futuros crecimientos realizarse con este tipo de recursos.
2. Sin perjuicio de otras posibles soluciones alternativas, se reservan hasta 17 hm 3 /año procedentes de la desalinizadora de Oropesa, con la finalidad de sustituir bombeos subterráneos en las unidades de demanda urbana de Subterráneos de Maestrazgo Oriental, Consorcio Concesionario de Agua Pla de l'Arc, Subterráneos de Oropesa-Torreblanca, Subterráneos de Plana de Castellón, Subterráneos de Castellón de la Plana y Consorcio de Aguas de la Plana y, además, asegurar los futuros crecimientos urbanos de estas unidades así como de las industrias de la zona.
3. Se reservan 4 hm 3 /año procedentes de los pozos de las masas de agua subterránea de Puertos de Beceite y Maestrazgo Oriental para sustitución de bombeos en las masas de agua subterráneas de la Plana de Vinaroz y de la Plana de Oropesa-Torreblanca, utilizados para el abastecimiento urbano de las poblaciones costeras.
4. Se reservan 3 hm 3 /año en las masas de agua subterránea de Puertos de Beceite y Maestrazgo Occidental para atender futuros crecimientos urbanos en las unidades de demanda urbana del sistema Cenia-Maestrazgo, así como de las industrias de la zona.
5. Se reserva un volumen regenerado máximo de 4 hm 3 /año, procedente de la EDAR de Peñíscola, con la finalidad de sustituir bombeos en las masas de agua subterránea de la Plana de Vinaroz y la Plana de Oropesa-Torreblanca para los Regadíos de Vinaroz-Peñíscola.
6. Se reserva un volumen de hasta 2 hm 3 /año de recursos regulados en el embalse de Ulldecona, condicionada a la materialización de las actuaciones de modernización de los Regadíos del embalse de Ulldecona, para atender los usos que exceden su asignación y atender posibles ampliaciones de su zona regable.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/07/11/595#art-24