Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 2
14 / 78En vigor desde 13 jul 2014
El ámbito territorial del presente plan hidrológico es el territorio de la Demarcación Hidrográfica del Júcar definido por el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
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Proeli/es/rd/2014/07/11/595#art-2-1