Art. Disposición final primera
16 / 18En vigor desde 6 jul 2002
El presente Real Decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales, prevista en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, siendo de aplicación en todo el territorio español.
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Proeli/es/rd/2002/06/28/595#disposicion-final-primera