Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 79
91 / 99En vigor desde 13 jul 2014
La información pública respecto a los documentos del proceso de planificación señalados en el apartado 1 de la disposición adicional duodécima del texto refundido de la Ley de Aguas, queda garantizada por la Confederación Hidrográfica del Segura, atendiendo a lo previsto en el artículo 73.2 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, mediante el mantenimiento de una sección específica dentro de su portal Web donde se publican los citados documentos, lo que posibilita su consulta y descarga y, adicionalmente, depositando los documentos impresos en la biblioteca de la Confederación Hidrográfica del Segura.
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Proeli/es/rd/2014/07/11/594#art-79