Art. 19
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1. Objetivos medioambientales

Art. 19

31 / 99
En vigor desde 13 jul 2014
A las masas de agua superficial y subterránea de la demarcación del Segura que presenten un buen estado o muy buen estado les será de aplicación el principio de no deterioro.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2014/07/11/594#art-19