Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

14 / 15
En vigor desde 2 ago 2015
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimento de los deberes constitucionales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/07/03/593#disposicion-final-segunda