Art. Disposición adicional única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 2 ago 2015
A fin de dar cumplimiento a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en la solicitud de notorio arraigo así como en la tramitación del procedimiento se promoverá la utilización de los medios electrónicos previstos en la misma.
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eli/es/rd/2015/07/03/593#disposicion-adicional-unica