Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 11 jun 2017
El presente real decreto tiene el carácter de norma básica, dictada al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y coordinación general de la sanidad.
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