Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final tercera
38 / 41En vigor desde 28 jul 2013
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación de productos farmacéuticos.
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Proeli/es/rd/2013/07/26/577#disposicion-final-tercera