Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final cuarta
39 / 41En vigor desde 28 jul 2013
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para dictar las disposiciones necesarias para la correcta aplicación y desarrollo de este real decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/07/26/577#disposicion-final-cuarta