Art. 6
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En vigor desde 13 jun 2026
1. La Presidencia del organismo autónomo MUFACE corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública.
2. Corresponde a la Presidencia:
a) La alta dirección y la representación del organismo.
b) Presidir el Consejo Rector, ordenando sus correspondientes convocatorias y fijando sus respectivos órdenes del día teniendo en cuenta las peticiones que formulen los miembros.
c) Cualesquiera otras que le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
3. Los actos y resoluciones de la Presidencia agotan la vía administrativa en el ámbito de sus competencias. Contra tales actos y resoluciones cabrá interponer recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición previsto en el artículo 123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre.
Se añade por el .8 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#at
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/04/18/577#art-6-1