Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 11 abr 1982
Queda derogado el Real Decreto dos mil ciento treinta y tres/mil novecientos setenta y seis, de diez de agosto, por el que se regula los Servicios y Organismos de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, que entrará en vigor con efectos al día uno de enero de mil novecientos ochenta y dos.
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