Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
6 / 61En vigor desde 3 jul 2024
El Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, constituido en cumplimiento del Decreto de 8 de abril de 1965, es una corporación de derecho público de ámbito nacional, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que se regirá por los presentes Estatutos y las normas legales que le sean de aplicación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/06/18/564#art-1