Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final tercera
23 / 27En vigor desde 14 feb 2016
La Parte II «Instrucciones técnicas» del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado como anexo del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica la tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad de la IT 3.3 que se sustituye por la siguiente:
«Tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad
Equipos y potencias útiles nominales (Pn) Usos Viviendas Restantes usos Calentadores de agua caliente sanitaria a gas Pn ≤ 24,4 kW. 5 años 2 años Calentadores de agua caliente sanitaria a gas 24,4 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años Anual Calderas murales a gas Pn ≤ 70 kW 2 años Anual Resto instalaciones calefacción Pn ≤ 70 kW Anual Anual Aire acondicionado Pn ≤ 12 kW 4 años 2 años Aire acondicionado 12 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años Anual Instalaciones de potencia superior a 70 kW Mensual Mensual»
Dos. Se añaden los siguientes términos y definiciones en el apéndice 1:
«1. Después de ‘‘Instalaciones centralizadas’’:
‘Instalación de aire acondicionado’: Combinación de elementos necesarios para proporcionar un tipo de tratamiento del aire interior, mediante el cual la temperatura está controlada o puede bajarse.
3. Después de ‘‘Biocombustibles sólidos’’:
‘Bomba de calor’: Máquina, dispositivo o instalación que transfiere calor del entorno natural, como el aire, el agua o la tierra, al edificio o a aplicaciones industriales invirtiendo el flujo natural de calor, de modo que fluya de una temperatura más baja a una más alta. En el caso de las bombas de calor reversible, también pueden trasladar calor del edificio al entorno natural.»
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Proeli/es/rd/2016/02/12/56#disposicion-final-tercera