Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL
Capítulo CAPITULO IV

Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL

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En vigor desde 23 ene 2002
DISPOSICIÓN ADICIONAL Este Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13. a y 16. a de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y bases y coordinación general de la sanidad, excepto en sus artículos 9, 20 y 21,a), que se dictan al amparo del artículo 149.1.10. a y 16. a de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva sobre comercio exterior y sanidad exterior.
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eli/es/rd/2002/01/18/56#disposicion-adicional