Capítulo CAPÍTULO III
Art. 25
25 / 48En vigor desde 11 jun 2020
1. En aplicación del artículo 47 de Reglamento (UE) n° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, se establece una ayuda de 10 millones de euros a abonar en los ejercicios presupuestarios 2020 y 2021 para la cosecha en verde de la vendimia 2020 de parcelas completas de viñedo amparadas por una DOP, de los que 4 millones de euros se abonarán con cargo al ejercicio 2020 y el resto con cargo al ejercicio 2021.
La mencionada ayuda se podrá conceder en las comunidades autónomas que así lo soliciten al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a más tardar el 14 de junio de 2020.
Se entenderá por cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.
2. Sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo del apartado 1 de este artículo, en el caso de existir sobrantes de presupuesto tras la aplicación de lo establecido en el artículo 39, podrán abonarse con cargo al ejercicio 2020 la totalidad o parte de los 6 M€ cuyo abono está inicialmente previsto para el ejercicio 2021.
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Proeli/es/rd/2020/06/09/557#art-25