Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 103
111 / 299En vigor desde 30 jun 2011
Se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia el extranjero mayor de 18 años autorizado a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad lucrativa por cuenta propia.
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Proeli/es/rd/2011/04/20/557#art-103