Art. 11
11 / 26En vigor desde 7 abr 2009
1. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de lucha contra el cambio climático, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y del mar, agua, desarrollo rural, recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, y alimentación.
2. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Cambio Climático.
b) La Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua.
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Proeli/es/rd/2009/04/07/542#art-11