Art. 29
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

32 / 53
En vigor desde 22 may 2004
La Academia celebrará juntas ordinarias y extraordinarias. En determinado día de cada semana se celebrará junta ordinaria para tratar de los asuntos de su competencia e interés, reunión que podrá ser suspendida en los meses de julio, agosto y septiembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2004/04/13/542#art-29