Art. 20
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 20

23 / 53
En vigor desde 13 oct 2022
1. La Mesa de la Academia, a la que corresponde la representación colegiada de la corporación, presidirá las sesiones, y estará formada por: a) El Director. b) El Vicedirector-Tesorero. c) El Secretario General. d) El Censor. e) El Bibliotecario. f) El Delegado del Museo, Calcografía y Exposiciones. g) El Delegado del Taller de Vaciados y Reproducciones. 2. Todos los cargos mencionados serán elegidos por el pleno entre los Académicos de Número por un periodo de tres años, pudiendo ser reelegidos. Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 858/2022, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2022-16587

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2004/04/13/542#art-20