Art. 9
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 9

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En vigor desde 13 jun 2024
La prueba de acceso a la universidad a la que se refiere el artículo 4 tiene como finalidad valorar con carácter objetivo, junto con las calificaciones obtenidas en Bachillerato, la madurez académica y los conocimientos adquiridos en la etapa, así como la capacidad para seguir con éxito los estudios universitarios.
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eli/es/rd/2024/06/11/534#art-9