Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 23 abr 2022
Se declara al Laboratorio de Metrología de Radiaciones Ionizantes del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), como laboratorio depositario de los patrones nacionales de las unidades derivadas de actividad (de un radionucleido), exposición (rayos x y γ), kerma, dosis absorbida y fluencia neutrónica. Se modifica por el .1 del Real Decreto 207/2022, de 22 de marzo. Ref. BOE-A-2022-6555

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Pro

eli/es/rd/1996/03/15/533#art-1