Art. 1
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1. El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, de política comercial y de apoyo a la empresa, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. Las competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos ministeriales.
3. Son órganos superiores del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad:
a) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
b) La Secretaría de Estado de Comercio.
c) La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
4. Dependen directamente del titular del departamento los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, con rango de Subsecretaría.
b) La Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad.
5. Como órgano de apoyo inmediato al titular del Ministerio existe un Gabinete, con el nivel orgánico y la composición establecida en el artículo 14.2 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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Proeli/es/rd/2017/05/26/531#art-1