Art. Disposición final octava
18 / 18En vigor desde 26 jun 2025
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 5.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.
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Proeli/es/rd/2025/06/24/530#disposicion-final-octava