Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final tercera
58 / 59En vigor desde 9 feb 2013
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los anexos de este real decreto, para su adaptación a la normativa comunitaria o internacional.
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Proeli/es/rd/2013/02/01/53#disposicion-final-tercera