Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 22 may 2020
Para dar cumplimiento a lo previsto en este real decreto se realizarán, para las subvenciones detalladas en el artículo 5.b), las modificaciones presupuestarias que sean necesarias de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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