Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 10 may 2006
Este real decreto se aplicará a los procedimientos derivados de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, en aquello que no se oponga o contradiga lo previsto en ésta.
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