Art. 14
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 14

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En vigor desde 22 may 2020
1. El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, como principal centro docente militar conjunto, es el órgano al que corresponde impartir cursos de altos estudios de la defensa nacional y otros estudios conducentes a la obtención de títulos de posgrado en el ámbito conjunto, así como los estudios militares de carácter conjunto que se determinen, para lo que establecerá colaboraciones con las universidades, los centros universitarios de la defensa y otras corporaciones públicas y privadas mediante los convenios pertinentes. 2. Asimismo, desarrolla tareas de investigación sobre temas relacionados con la seguridad y defensa, contribuye al fomento y difusión de la Cultura de Seguridad y Defensa y promueve y desarrolla estudios, investigaciones y otras actividades relacionadas con la historia militar.
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