Capítulo V. Normas aplicables a los regímenes de transitoriedad contemplados en la Ley
Art. Disposición final segunda
29 / 30En vigor desde 16 mar 1986
En todo caso, en lo no previsto en el presente Real Decreto se estará a las disposiciones de la Ley.
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Proeli/es/rd/1986/02/21/517#disposicion-final-segunda