Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 7 jul 2013
Quedan derogadas cuantas disposiciones incluidas en normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto. En particular, quedan derogados los artículos 12, 13, 14 y la disposición adicional segunda del Real Decreto 327/2003, de 14 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con el FEOGA-Garantía y el apartado 8.2 de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 aprobada por el Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre en lo referente a las correcciones financieras derivadas de la gestión por las Comunidades Autónomas de acciones y medidas de políticas activas, quedando vigente en lo que exceda el ámbito objetivo de aplicación del presente real decreto.
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