Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Dirección General
Art. 19
27 / 42En vigor desde 2 feb 2023
1. La persona titular de la Dirección General, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, será sustituida, en las funciones de administración y gestión ordinaria, por la persona directiva de la FNMT-RCM que aquélla haya designado al efecto y, de no haberse previsto la sustitución, por la persona que designe el Consejo Rector. El acuerdo de sustitución se notificará de forma inmediata al órgano de adscripción.
2. Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de los apoderamientos otorgados por la persona titular de la Dirección General al personal directivo, de acuerdo con sus competencias.
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Proeli/es/rd/2023/01/31/51#art-19