Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª El Consejo Rector

Art. 15

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En vigor desde 2 feb 2023
El régimen de derechos económicos y en su caso, compensaciones que se deriven de la asistencia a las reuniones del Consejo Rector, se regularán de conformidad con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y demás normativa de aplicación.
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