Art. Disposición transitoria única
14 / 21En vigor desde 8 may 2020
1. Las unidades y puestos de trabajo con el nivel orgánico inferior a subdirección general continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios hasta que se aprueben las correspondientes relaciones o catálogos de puestos de trabajo del Departamento adaptados a la estructura orgánica de este real decreto.
2. Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos, o cuya dependencia orgánica haya sido modificada por este real decreto, se adscribirán provisionalmente, mediante resolución de la Subsecretaría de Cultura y Deporte.
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Proeli/es/rd/2020/05/05/509#disposicion-transitoria-unica