Art. Disposición final primera
12 / 13En vigor desde 7 may 2020
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2020/05/05/508#disposicion-final-primera