Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
7 / 38En vigor desde 7 may 1985
Uno. La Secretaría General es el órgano permanente de dirección y gestión del Fondo de Garantía Salarial. Su titular, con nivel orgánico de Subdirector General, será nombrado por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social de entre funcionarios del Estado con titulación superior.
Dos. El Secretario general ostentará la representación del Fondo y la Jefatura de todos sus servicios y de personal.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1985/03/06/505#art-7