Art. Disposición adicional décima
25 / 38En vigor desde 6 may 2020
1. El Organismo Autónomo, Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A., pasa a denominarse, Instituto para la Transición Justa, O.A.
Todas las referencias previstas en la normativa vigente al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, se entenderán hechas al Instituto para la Transición Justa, O.A.
2. Se crea una Dirección del Instituto con rango de Dirección General. La Gerencia y el resto de órganos y unidades seguirán ejerciendo sus actuales competencias y funciones en tanto no entre en vigor la modificación de los Estatutos del Instituto a que se refiere la disposición final segunda.
Los funcionarios y demás personal del Instituto seguirán percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que aquellas venían imputándose.
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Proeli/es/rd/2020/04/28/500#disposicion-adicional-decima