Art. 110
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Normas especificas complementarias para Organismos autónomos comerciales, industriales y financieros

Art. 110

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En vigor desde 28 abr 1990
El cuadro de financiación anual, elaborado de acuerdo con la normativa contable, pondrá de manifiesto el origen y la cuantía prevista de las fuentes de financiación del Organismo y el empleo previsible de las mismas.
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eli/es/rd/1990/04/20/500#art-110