Art. 20

Art. 20

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En vigor desde 24 ene 2004
Los profesores asociados que presten sus servicios en la UNED serán retribuidos por los conceptos de sueldo, pagas extraordinarias y complemento de puesto, de acuerdo con su régimen de dedicación a tiempo parcial.
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eli/es/rd/2004/01/19/50#art-20