Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria cuarta
98 / 103En vigor desde 14 ene 2018
No obstante lo previsto en la disposición derogatoria única, las ayudas concedidas con arreglo al Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola, y que se encuentren en ejecución o no hayan sido abonadas en el momento de la entrada en vigor de este real decreto, o que estén vinculadas al mantenimiento durante un período determinado de las condiciones en función de las cuales se otorgaron, se regirán por lo previsto en dicho Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre.
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Proeli/es/rd/2018/01/12/5#disposicion-transitoria-cuarta