Art. Disposición transitoria segunda
15 / 25En vigor desde 2 may 2020
Los órganos colegiados dependientes del extinto Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social continuarán realizando sus funciones, en tanto no se aprueben las nuevas normas reguladoras adaptadas a lo dispuesto en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2020/04/28/499#disposicion-transitoria-segunda