Art. Disposición adicional primera
8 / 25En vigor desde 2 may 2020
Quedan suprimidas las siguientes Subdirecciones Generales del extinguido Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social:
a) La Oficina Presupuestaria.
b) Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social.
c) Subdirección General de Recursos Humanos.
d) La Inspección General de Servicios.
e) Subdirección General de Administración Financiera.
f) Subdirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas e Informes sobre Seguridad Social e Inmigración y Emigración.
g) Subdirección General de Información Administrativa y Publicaciones.
h) Subdirección General de Recursos.
i) Subdirección General de Informes Socioeconómicos y Documentación.
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