Art. Disposición adicional sexta

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 2 may 2020
En el ejercicio de las funciones de planificación estratégica, impulso, coordinación de la Transformación Digital y racionalización de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones del Ministerio, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional promoverá la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
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