Art. Disposición final segunda
28 / 32En vigor desde 2 may 2020
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de este Real Decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/04/28/497#disposicion-final-segunda